El CNE debe sortear la apelación interpuesta por Revolución Ciudadana y elaborar el reglamento para aplicar el control y las sanciones.
Martha Cox, directora CNE-Pastaza

¡Ya hora cómo cobro mi billete!. El calendario electoral de las elecciones de segunda vuelta presidencial que se cumplirá el 13 de abril de 2025, sigue su curso normal y sin contratiempos, lo dijo en una entrevista en Nina Radio de Puyo, el 19 de marzo del 2025, Martha Cox, directora de la Delegación Electoral Pastaza. Sin embargo, la ciudadanía no tiene claro sobre la prohibición de portar el teléfono celular al momento de sufragar.
Resulta que en una de las sesiones efectuada la semana pasada, el Consejo Nacional Electoral (CNE) con una mayoría de tres vocales resolvió prohibir a los electores usar los celulares u otros dispositivos móviles durante el sufragio en la segunda vuelta, con esta medida los ciudadanos no podrán tomar fotos a la papeleta electoral.
También los miembros de las Juntas Receptoras del Voto (MJRV) tampoco podrán usar el celular desde las 17:00 del 13 de abril y hasta que termine el escrutinio, salvo una persona que utilice como calculadora.
Autoridades del CNE han basado la resolución en informes de inteligencia policial, quienes advierten que en los sufragios de primera vuelta habría existido intimidaciones a ciudadanos para que voten por determinado candidato/a, o por exigencia de ciertos grupos delincuenciales.
Martha Cox, directora del CNE Pastaza, también indicó que la prohibición emitida por el CNE no está <definido>, debido a que Francisco Estarellas Solís, procurador común de la alianza Revolución Ciudadana-Reto (listas 5-33), ha presentado una impugnación ante CNE buscando dejar sin efecto la prohibición de uso de celulares en el momento de votar. Los impugnantes consideran atentatoria a los derechos constitucionales de los ciudadanos y por existir varios errores.
“Tenemos que esperar la resolución de la impugnación, que se cumpla los plazos y el trámite en las instancias correspondientes. Por ahora el CNE está elaborando el reglamento para la aplicación de la resolución de prohibir el uso de celulares”, indicó la directora Cox.
Entre las prohibiciones emitidas por el CNE constan las sanciones y multas: “El uso de dispositivos electrónicos o celulares por parte de los electores durante el sufragio, se catalogan como infracción electoral muy grave, con una multa desde los 21 salarios básicos unificados hasta 70 salarios básicos unificados, lo que equivale a USD 9.870 hasta USD 32.900. Igualmente, se aplica la destitución y suspensión de derechos de participación desde dos hasta cuatro años. Así lo establece el artículo 279, en sus numerales 2, 11 y 12. S/U..